Trazabilidad Ganadera
La secretaria de agricultura ganadería y pesca ha publicado el 16/10/2024, la Resolución 71/2024 incorporando al ganado bubalino y cérvido al sistema de identificación de ganado bovino creado por la resolución 103 de fecha 3 de marzo de 2006.
En el mencionado sistema se establece la utilización de tecnología electrónica como herramienta individual obligatoria para la trazabilidad de ganados bovinos, bubalinos y cérvidos a partir del 1 de Marzo de 2025, momento desde el cual los productores ganaderos deberán identificar todos los terneros/as al destete o al primer movimiento.
Aquellas categorías del ganado mencionado que no tengan ningún tipo de identificación oficial preexistente, deberán se identificadas electrónicamente antes del 31 de diciembre de 2025.
Se establece la utilización de la identificación mencionada a partir del 1 de Julio de 2026 para todas las categorías de ganados bovinos, bubalinos y cérvidos, a partir de la cual el sistema nacional deberá registrar todos los movimientos de animales de manera de garantizar la trazabilidad individual.
Para una adecuada transición al sistema de utilización electrónica, el Estado Nacional proveerá a los productores ganaderos hasta el día 30 de junio de 2026, sin costo, la cantidad de dispositivos aptos para cumplir lo establecido en la presente resolución.
Se reglamentarán los aspectos técnicos y operativos que sean necesarios para el efectivo cumplimiento de la resolución.
Sin otro particular lo saludamos atte.
ESTUDIO SANTIAGO SAENZ VALIENTE Y ASOCIADOS