Productores de Granos Vencimiento Régimen de Información de Existencias y de Capacidad Productiva SISA IP2

Recordamos que el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) introdujo modificaciones y ciertas simplificaciones a la hora de presentar información relacionada con la actividad agropecuaria, para quienes desarrollen la actividad en inmuebles rurales propios o de terceros.
INFORMACIÓN A DECLARAR
En esta oportunidad, los productores agropecuarios deberán informar ante la AFIP la superficie agrícola destinada a los cultivos de verano, siendo los principales: arroz, chía, girasol, maíz, maní, mijo, poroto, soja, trigo sarraceno, sésamo, sorgo, etc., a incluir en “Superficie de granos” del mencionado rol de AFIP.
PLAZOS PARA SU PRESENTACIÓN
La información de las existencias y de la capacidad de producción se debe suministrar por campaña agrícola, desde el día 1 de diciembre del 2024 hasta el 28 de febrero del 2025, ambos inclusive.
Deberán cumplir con estas presentaciones inclusive en los casos que el sujeto no disponga de existencias y/o de superficie afectada a la producción.
La información suministrada podrá ser modificada, considerándose válidos los últimos datos ingresados hasta el día 29 de febrero 2029. Toda modificación posterior a los plazos indicados anteriormente deberá tramitarse por presentaciones digitales.
SANCIONES
La AFIP podrá sancionar con un cambio en la categoría del SISA e impedirá la registración de los contratos hasta tanto se subsane el incumplimiento, en las siguientes situaciones:
- - Incumplimiento -total o parcial- de la obligación de informar el módulo “Información Productiva”.
- - Falta de correspondencia entre los datos informados y la realidad económica de la actividad desarrollada por el contribuyente, determinada mediante controles objetivos practicados con motivo de verificaciones y/o fiscalizaciones.
Sin otro particular lo saludamos atte.
ESTUDIO SAENZ VALIENTE & ASOC.