IMPOSITIVA - 13/06/16

Algunas aclaraciones a las confusiones de la exención de ganancias en el aguinaldo.

Revista Apertura. Por Santiago Saenz Valiente. 13 de Junio 2016.

Para empezar hay que tener en cuenta que vincular el tratamiento del aguinaldo  -que se abonara en estos días-, a una ley que aún se está discutiendo  en Diputados, parece al menos desatinado.

Hoy la información concreta suministrada por la propia AFIP es que el empleador debe retener el impuesto a las ganancias del aguinaldo a quienes corresponde pagarlo. La razón, es que la ley de blanqueo aún no fue aprobada y la realidad es que por ahora los datos que circulan surgen de un acuerdo realizado entre dos frentes políticos.

Todo indica que no dan los tiempos para que  el empleador descuente de antemano la retención.De sancionarse la norma por el Congreso, lo que podría ocurrir es que una vez que el empleador haya retenido y depositado el impuesto, a los empleados que demuestren su exención por buen comportamiento o por tener bienes por debajo de $ 800.000 , la AFIP le permitiría a la empresa devolver el monto retenido y luego la empresa podría tomar a cuenta el dinero pagado a la AFIP.

¿Quiénes serán los beneficiados de no pagar ganancias por el aguinaldo de Junio 2016? ¿Cómo sería la metodología? ¿Qué perjuicio puede traerle al empleador y que demora le significará al empleado gozar de este beneficio? ¿Dependerá esta ventaja fiscal de la aprobación del blanqueo?

Hoy en los casos que debe retenerse ganancias en el aguinaldo de Junio, las empresas prorratean la retención hasta fin de año. Es decir, si hablamos de un soltero con un salario de $ 30.000 mensuales,  esa retención ronda el 10 por ciento cada mes en los siete meses que quedan para finalizar el año  pero  en diciembre como el empleado cobra en ese mes el otro medio aguinaldo, y el impuesto termina catapultando al sueldo porque no hay margen para prorrotearlo al finalizar el ejercicio.

Esto significa que con ese nivel de retribución termina abonando más de 1 sueldo en el año al fisco.De todas formas son muchas preguntas y falta de normas legales y/o reglamentarias que existen en torno al acuerdo  político - con intercambio de apoyos parlamentarios-, indica  que “ los trabajadores que no paguen Bienes Personales quedarán eximidos del descuento por el Impuesto a las Ganancias en el medio aguinaldo correspondiente a junio de este año”.

Uno de los puntos clave para entender quienes quedarían eximidos es que el texto del proyecto de ley de  sinceramiento fiscal contiene un premio de exención a quienes sean “buenos cumplidores” -quienes no se incorporaron en los últimos 2 años a ninguna moratoria ni al blanqueo del kirchnerismo-. Ellos  serían eximidos de bienes personales desde el 2016 y hasta el 2018.

Además de ser eximidos del impuesto a las ganancias por el aguinaldo Junio 2016.Hoy por hoy por lo pronto aún deben pagar bienes personales aquellas personas con bienes por encima de los $305.000, si bien la intención es aumentarlo a $ 800.000, todavía no es ley. AFIP advierte que el anticipo que vence este mes debe abonarse y todo en el futuro dependerá de la aprobación de la ley.

Por otra parte la intención del presidente Mauricio Macri de eliminar a los bienes personales a partir del 2019, es una propuesta con mucha resistencia en el espacio de Sergio Mazza.Otra de las dificultades del planteo del proyecto es que AFIP debería exigir a la empresa que reciba una nota como declaración jurada del empleado que no tributa  o no tributará bienes personales, un control complicado de llevar a la práctica.

Alternativas posibles para el empleador:

1)     Descontar el impuesto a las ganancias del medio aguinaldo y devolver en el mes siguiente al empleado, con la ley sancionada.  Ello implicara un saldo a favor  de la empresa, en ocasiones de difícil compensación.

2)    No retener aquellos contribuyentes que le demuestren  con DDJJ 2015 su base de bienes menor a $ 800.000 o nota que declare su buen comportamiento impositivo. Un riesgo como responsable solidario de los impuestos no retenidos, para la empresa.

En cualquier caso, los trabajadores autónomos continúan siendo los perjudicados en el impuesto a las ganancias, están olvidados de toda norma de equidad y justicia. Es una asignatura pendiente.

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