IMPOSITIVA - 31/03/15

Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS, versión 39 release 0. - BO: 31/03/2015

Las disposiciones de esta resolución general, entrarán en vigencia a partir del 31 de marzo de 2015 y serán de aplicación para la generación de declaraciones juradas (F. 931) correspondientes al mes devengado marzo de 2015 y siguientes. La obligación de utilizar la nueva versión del programa aplicativo o, en su caso, el sistema “Declaración en línea” comprende también las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se efectúen a partir del 31/3/2015, correspondientes a períodos anteriores.

Novedades que se incorporan:

1. Se agrega el código de situación de revista 43 para ser utilizado por la empresa de servicios eventuales a partir del período devengado agosto de 2014, cuando el empleado permanezca parte del período en dicha empresa y el resto del mes en la empresa usuaria.

2. Se asignan los códigos de modalidades de contratación 994, 985 y 987, a fin de permitir la correcta identificación de los trabajadores comprendidos en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial del sector yerbatero de las Provincias de Misiones y Corrientes, y del sector vitivinícola de las Provincias de Neuquén y La Rioja, los cuales deberán ser utilizados a partir de la vigencia de dichos convenios.

3. Se actualizan los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, aplicables al período devengado marzo de 2015 y siguientes, conforme a lo establecido por la Resolución N° 44/2015 de la ANSeS.

4. En el caso de personas físicas, sociedades de hecho o sociedades de responsabilidad limitada, se permite el uso de las modalidades de contratación habilitadas para microempleadores (301 a 306), controlando que dichos empleadores declaren un máximo de siete (7) empleados en el período, y que sólo cinco (5) de ellos utilicen el beneficio de reducción de alícuotas de contribuciones patronales. 

5. Para el régimen de promoción de puestos nuevos de trabajo, establecido por el Título II de la Ley N° 26.940 se aplican diferentes porcentajes de reducción de contribuciones, según la cantidad de trabajadores declarados:

· De 1 a 15 trabajadores (Modalidad de contratación 307 a 310)

· De 16 a 80 trabajadores (Modalidad de contratación 311 a 313)

6. Se incorpora una validación que no permite ingresar la condición 06 (prejubilables) para actividades 31, 97 y 98 y modalidades de contratación 301 a 315 referidas al régimen de la Ley N° 26.940.

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