¿AFIP, BCRA, inspectores o gendarmes? Cuándo y cómo actúa cada uno en caso de allanamientos y fiscalizaciones
Fuente: Iprofesional, Por Gonzalo Chicote y Sebastian Albornos. Resumen : Santiago Saenz Valiente.
Cuales son las atribuciones que posee cada entidad al realizar un procedimiento de fiscalización. Requisitos son necesarios para llevar adelante las intervenciones en una empresa.
En los últimos días se produjeron allanamientos sobre bancos, sociedades de bolsa y entidades financieras.
La mira está puesta en la comercialización de dólares en el mercado paralelo y en los esfuerzos que lleva adelante el Gobierno para enfriar cada vez más el valor del "blue", Hubo operadores relevantes que no tenían capacidad económica que sus movimientos .
Con la presunción de una evasión impositiva y lavado de dinero de grandes magnitudes, el fisco nacional presentó la denuncia ante la Justicia que derivó en más 70 allanamientos en diversas entidades, con más de 250 agentes recorriendo las calles.
En este escenario, es importante determinar cuáles son las atribuciones que posee cada entidad, de modo de comprender que no todas pueden realizar un allanamiento y que, asimismo, existen límites a la hora de obtener información.
Cuales son las potestades que poseen la AFIP, el Banco Central y la CNV, como también los procedimientos que pueden llevar adelante?
El fisco nacional tiene amplias facultades (que le otorgan diversas leyes, como la de Procedimientos Tributarios) para actuar en todo lo que esté relacionado con cuestiones impositivas, así como asuntos aduaneros o de seguridad social.
Pero no podrá hacerlo cuando exista de por medio una operación cambiaria y mucho menos tendrá potestad para aplicar sanciones que establece la Ley Penal Cambiaria.
Sólo tendrá poder para detectar operaciones de presunta evasión tributaria.
Ante cruces de datos, los agentes de AFIP detectaron presuntas irregularidades en cuatro empresas que movilizaron más fondos de los que aparentemente deberían.
Este tipo de información presuntiva es la que utiliza el organismo de recaudación para solicitar a un juez un allanamiento.
Deben existir por lo menos otras dos características: los montos involucrados en las maniobras deben ser significativos y tiene que haber una gran posibilidad de perder la información que demuestre la maniobra de evasión.
Los inspectores sólo podrán solicitar los registros que tengan relación con el presunto evasor y tendrán la potestad de retirar del establecimiento lo que el allanado preste conformidad.
Iván Sasovsky, titular de Sasovsky & Asociados, aclaró que "el allanamiento es puramente la orden a ingresar al domicilio" y que para llevarse material físico (como computadoras o libros) "los funcionarios deben poseer una orden de secuestro".
Si el juez permite podrá concurrir la fuerza pública, ya sea Gendarmería o Policía Federal. Se trata de un procedimiento excepcional y que debe mediar una situación grave.
Eduardo Barrera Delfino señaló que "en ejercicio del poder de policía financiero, tanto el BCRA como la CNV están facultados para tramitar sumarios administrativos tendientes a investigar la comisión de infracciones a las leyes que regulan la actividad de los mercados financieros bajo sus respectivas órbitas, deslindar responsabilidades de los posibles imputados o declararlos responsables de las infracciones constatadas y aplicarles sanciones”.
El BCRA está habilitado para imponer sanciones menores como llamados de atención hasta multas, inhabilitaciones temporarias o permanentes hasta la revocación de la autorización para funcionar de las entidades financieras.Si del sumario se desprendiere la comisión de delitos, el Central deberá promover las acciones penales que correspondieran, y podrá ser la parte querellante en el proceso.
La CNV está autorizada para sancionar a las sociedades que cotizan en bolsa, agentes, fondos comunes como así también a sus directivos.
José Figuerero, socio del estudio Fontán Balestra & Asociados, explicó que la infracción cambiaria está definida por la ley como "todo acto u omisión que infrinja las normas sobre el régimen de cambios".
Por ello, aclaró que "la consecuencia natural de esto, es que el BCRA tenga a su cargo la fiscalización de las personas físicas y jurídicas que operen en él y la investigación de las infracciones previstas en la mencionada Ley Penal Cambiaria".
Esto significa que el Central puede controlar operaciones no autorizadas de divisas y, a tal efecto, requerir datos a cualquier particular o empresa, pedir testimonios y revisar libros y documentación comercial.
También está facultado para ingresar en domicilios o detener personas, pero antes, al igual que en los procedimientos que lleva a cabo la AFIP, debe contar con autorización judicial y, en su caso, con una orden de allanamiento extendida por un juez competente, explicó Figuerero.