La Corte falló a favor de la AFIP la que denunció a una empresa por "venta simulada".
Novedades Fiscales. Ambito Financiero. Resumen SSV.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en una causa que se originó en 1997, aceptó el criterio fiscal al impugnar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias de una sociedad propietaria de un inmueble, por entender que había declarado menores rentas al simular la venta del mismo.
La AFIP demostró que el mismo día de la operación de compraventa (25 de septiembre de 1997), mediante dos escrituras públicas -con numeración correlativa expedidas por el mismo escribano-, la sociedad Miracle Mile SA vendió el inmueble a un precio de u$s 4.700.000 a María Claudia Alonso, cónyuge del arquitecto Jorge Héctor Bernstein, presidente y socio mayoritario de la sociedad. Seguidamente, la mujer revendió la propiedad a la empresa Village Cinemas SA a un precio de u$s 18.000.000.
La Corte ratificó la aplicación del principio denominado de la realidad económica, y descalificó la primera operación por ser un acto simulado, tomando como precio real de venta de la segunda operación (y el más alto) a los fines de estimar el Impuesto a las Ganancias.
Asimismo, los jueces le dieron la razón a la AFIP y disminuyeron los gastos deducibles de esa venta de $21.611.000 a $2.136.102 porque se probó que habían sido canceladas con anterioridad a la operación y por otra empresa también vinculada con la maniobra.