IMPOSITIVA - 30/05/14

Situación de los trabajadores independientes frente a su obligación ante la Caja de Autónomos. Cuota Mensual.

Resumen y opinión de SSV.

De un par de notas publicadas en infobae y en iprofesional (Hernan Gilardo) a fin de Mayo, surgen las siguientes consideraciones y reflexiones. 

La AFIP comenzó a intimar a los directores de sociedades por supuestos pagos mensuales incorrectos. Los montos de ingresos fijados para determinar la categoría a pagar está in actualizar desde hace más de 7 años. Los ingresos por dividendos, intereses y alquileres en nuestra opinión no deben considerarse para determinar su categoría, pues no provienen de actividades sino de pasividades. Existe un importante cuestionamiento del procedimiento utilizado via fiscalización electrónica, violando derechos esenciales del contribuyente.

La AFIP está enviando intimación para que los directores de empresas paguen un monto mayor de cuota mensual por autónomos. Los límites de  ingresos que se utilizan para medir la categoría correspondiente se mantienen iguales hasta más de 7 años. 

Sin embargo, la cuota aumenta semestralmente al ritmo del índice de movilidad jubilatoria. Iprofesional mostro las intimaciones vía electrónica que está remitiendo AFIP.

AFIP cuestiona el encuadramiento tributario del director de cierta empresa y pregunta sobre los ingresos de los últimos años y la categoría de autónomos cancelada durante ese tiempo.  Los montos límites para determinar la categoría en función de los ingresos van entre $ 15.000 y $ 30.000 , y con ese tope máximo ya se debe incluir el sujeto en la máxima categoría. 

Dentro de los 10 días siguientes, el contribuyente deberá contestar el requerimiento que se le formule. Para ello, tendrá que acceder al servicio "AFIP - Fiscalización Electrónica" - Opción "Cumplimiento de Requerimiento Fiscal Electrónico", disponible en el portal oficial. Allí, deberá ingresar el "Número de Fiscalización Electrónica" y contestar en línea el requerimiento. 

Se le permite adjuntar en formato "pdf"- la prueba documental que considere oportuna presentar.La reglamentación vigente establece, además, que el suministro de la información y datos que se efectúe por transferencia electrónica tendrá carácter de declaración jurada. 

En una crítica a esta metodología la tributarista Agustina Odonnel dijo "Esto afecta su razonabilidad y recuerda las palabras de la Corte Suprema en la causa Intercorp cuando dijo que no resulta admisible que, a la hora de establecer procedimientos destinados a garantizar la normal y expedita percepción de la renta pública se recurra a instrumentos que quebrantan el orden constitucional".

No justifica en  la violación de las garantías y derechos consagrados en el texto constitucional". También dijo que "la AFIP aún no ha regulado un procedimiento en el que se permita al contribuyente ejercer su derecho de defensa”. Y concluyó: "Al igual que en otro tipo de fiscalizaciones debe tenerse particular atención en la documentación que se aporta, máxime cuando la determinación de la eventual deuda pueda tener incidencia penal tributaria".Los ingresos a considerar para determinar la cuota mensual a pagar de autónomos son en función del año 2013 para el próximo cuatrimestre.

No compartimos el criterio del fisco y de algunos contadores, que contemplan en los ingresos  anuales -a estos efectos- los dividendos cobrados por accionistas, alquileres e intereses de plazo fijo. No provienen de actividades sino de simples pasividades. 

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