IMPOSITIVA - 03/06/14

Inmnmobiliario: ARBA avanzará sobre las propiedades que no están declaradas.

Por Hernán Gilardo. Resumen SSV.

ARBA  ampliará su poder de policía catastral por medio  del organismo de recaudación. También se potenciarán las facultades para secuestrar autos y embarcaciones pertenecientes a morosos. Para detectar mejoras no declaradas utilizará cámaras de fotos con mayor definición.ARBA también procederá a realizar tasaciones inmobiliarias y obligaciones especiales a los escribanos de registro. 

Para reforzar la recaudación y reducir el nivel de evasión en el Impuesto Inmobiliario,  Scioli  dispones de todas las armas necesarias para avanzar sobre las construcciones no declaradas o mal registradas. La normativa potenció las facultades que tienen los inspectores a fin de secuestrar autos y embarcaciones pertenecientes a morosos impositivos. 

  • También ARBA procederá a:        
  • Practicar de oficio actos de relevamiento territorial con fines catastrales.        
  • Exigir declaraciones juradas a los propietarios u ocupantes de los inmuebles.        
  • Realizar inspecciones con el objeto de practicar censos y verificar infracciones.        
  • Expedir certificaciones, controlar e informar sobre multiplicidad de inscripciones o superposiciones de dominio.        
  • Realizar las tasaciones inmobiliarias que sean requeridas por los distintos Organismos Públicos bonaerenses. 

También se obliga a los escribanos y a cualquier otro funcionario que autorice actos de transmisión, constitución, declaración o modificación de derechos reales sobre inmuebles bonaerenses, a realizar los siguientes trámites:        

  • Requerir  antes del otorgamiento del acto, el certificado catastral correspondiente al inmueble.,         
  • Transcribir en los instrumentos públicos el contenido de dicho certificado. 
  • Asimismo, en los casos en que ARBA detecte la existencia de obras y mejoras no declaradas, deberá determinar de oficio la valuación fiscal de las mismas. 
  • Una vez identificadas las propiedades en infracción, se realizan inspecciones presenciales para determinar las características y antigüedad de las construcciones. 
  • El fiscalizador captura imágenes con una cámara de 16 megapíxeles y posibilita ver objetos de hasta 5 centímetros de tamaño.  

La normativa establece que se debe proceder a la detención y al secuestro de vehículos automotores o embarcaciones deportivas, cuando se verifique la falta de pago de los Impuestos a los Automotores o a las Embarcaciones por un importe equivalente al 10% de la valuación fiscal asignada al bien o se adeude un 30%, o más, de las cuotas vencidas no prescriptas. 

La medida deberá ser comunicada de inmediato al juez correccional de turno para que, previa audiencia con el responsable, decida dejar sin efecto el secuestro del bien o mantener la medida hasta tanto se verifique la cancelación o regularización de la deuda o se efectivice la traba de alguna medida cautelar sustitutiva. .

ORGANIZACIONES VINCULADAS