Productos marítimos. Más control. Nuevo régimen especial de emisión de comprobantes para su venta.
La AFIP por RG 3608 implementó un régimen especial de emisión de comprobantes para la compraventa primaria y directa de pescados, moluscos o crustáceos marítimos, que brindará al titular de la captura la posibilidad de emitir comprobantes electrónicos originales o recibir el Comprobante de Compra Primaria para el Sector Pesquero Marítimo emitido por el adquirente.
La norma rige desde el 1/4/2014.
Considera la operación de compraventa primaria y directa de pescados, moluscos y crustáceos, a la primera adquisición en forma inmediata a su captura, procesados o no a bordo de la embarcación pesquera, en la cual el vendedor es el titular de la captura.
Para la emisión del comprobante esta normativa propone una opción para respaldar la operación que podrá ser ejercida solo por los inscriptos en el Registro de Operadores del Sector Pesquero Marítimo en las categorías de Armador con embarcación propia y/o Armador con embarcación locada. De no cumplirse con este requisito solo podrá respaldarse la operación con el comprobante emitido por el comprador o por el consignatario. Para adherirse al régimen de factura electrónica y su emisión de acuerdo debe cumplirse con la RG 2485.
Las pescaderías, comercios minoristas (incluidos supermercados e hipermercados) y locales gastronómicos, que realicen ventas en forma mayoritaria a consumidores finales, no resultan obligados a actuar como agentes de información de las operaciones primarias de compraventa de pescados, moluscos o crustáceos, previsto por la RG 3594.